martes, 28 de marzo de 2023

VESTIMENTA Y LIBERTAD DE LAS PERSONAS (Informe 435)


Vestimenta y libertad de las personas.

Trabajadoras de Wood plc han consultado sobre la obligación de usar una determinada vestimenta durante las horas de trabajo presencial en las oficinas. Si bien en julio del 2021 Wood plc publicó una modificación al Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS), que en su artículo 41 letra f) indicaba lo siguiente:
“Es obligación de los trabajadores de la empresa: Ser cuidadoso en su presentación personal y cumplir en todo momento con el Código de Vestimenta de la Empresa, que se detalla en el Anexo II. Wood espera que los trabajadores se vistan apropiadamente en atuendo casual de negocios y que mantengan una apariencia pulcra y arreglada mientras estén cumpliendo labores para la Empresa, teniendo en consideración la naturaleza de su trabajo, seguridad personal y la necesidad de interactuar con clientes, proveedores y público.”


Los sindicatos de Wood plc interpusieron una objeción de legalidad en mayo de 2022, la que fue acogida en este punto, porque esta disposición vulnera garantías fundamentales. Y si la empresa requiere que los trabajadores vistan de una forma determinada debe proveer dicha ropa de trabajo.

El Ordinario N°64/2022 de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente del 14 de julio del 2022 en el punto 22 indica:

“La disposición del artículo 41 letra f) impugnada por los sindicatos SE ACOGE …porque es contraria al artículo 5 del Código del Trabajo, en cuanto es susceptible de vulnerar derechos fundamentales de las trabajadoras y los trabajadores, limitando la libertad de éstas y éstos sobre la materia sin justificación suficiente.”

El Ordinario de la Inspección de Trabajo sigue diciendo:

“Basta una lectura somera del punto 2.2.2. del Código de Vestimenta de Wood plc que describe la “vestimenta inapropiada” para entender que los conceptos utilizados por el empleador trasgreden derechos fundamentales, especialmente aquellos relativos a la no discriminación y los criterios de sospecha enunciados en el artículo en el artículo 2 del Código del Trabajo.”

A su vez la doctrina de la Dirección del Trabajo indica:

“Si las limitaciones sobre la vestimenta responden únicamente a razones de imagen corporativa, el empleador se encuentra obligado a asumir el costo de la ropa de trabajo no solo en la situación prevista en el artículo 184 del Código del Trabajo (elementos de protección personal), sino también cuando el uso de la misma ha sido exigido por el empleador por razones de imagen corporativa.”

Por lo anterior debe eliminarse es
ta disposición del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, por lo cual no puede ser invocada para sancionar a un trabajador o trabajadora de la empresa.

EN LA FOTO

Encuentro de convivencia de ex trabajadores de Cade Idepe en la comuna de Ñuñoa el pasado viernes 10 de marzo de 2023.

ADEMÁS...

BONO DE ESCOLARIDAD

Los socios y socias pueden hacer llegar el certificado de estudios de sus hijos correspondiente a enseñanza pre-básica, enseñanza básica, media y superior para el pago de un Bono de 1UF por hijo o hija estudiando. Favor hacer llegar los certificados en formato electrónico a Ximena.Meza@woodplc.com Plazo hasta el 15 de abril de 2023.

PREMIO ESCOLAR

También los socios y socias pueden postular a sus hijos o hijas que cursaron enseñanza básica y media durante el 2022, y que obtuvieron nota igual o superior a 6, exhibiendo el certificado de notas para un incentivo en dinero que será entregado en una ceremonia. Favor hacer llegar certificado de notas a Berta.Escobar@woodplc.com Plazo hasta el 15 de abril de 2023.

BECA DE ESTUDIOS SUPERIORES

Los socios y socias que están estudiando o que tienen hijos/as cursando carreras técnicas o universitarias pueden postular a la Beca de Estudios Superiores, BESUP. Para lo cual deben llenar el formulario y adjuntar la documentación requerida en dicho formulario. Favor hacer llegar los antecedentes a Horacio.Diaz@woodplc.com Plazo hasta el 15 de abril de 2023.


lunes, 13 de marzo de 2023

LA SALUD ERA UN DERECHO (Informe 434)


La salud era un derecho.

Luego del rechazo a la nueva constitución, la situación de la salud, tal como como el resto de los derechos que han sido limitados en los últimos 30 años, siguen su mismo statu quo, es decir NO HABRÁ CAMBIOS por el momento.

Pese a la deuda que mantienen las Isapres con sus afiliados producto de los cobros ilegales y excesivos de los últimos años, cuya devolución está dependiendo de una ley que debe ser aprobada en las próximas semanas, la Superintendencia de Salud acaba de informar que el porcentaje máximo que las Isapres podrán ajustar los planes será de un 2,6% sobre el IPC.

¿Subirá el valor de tu plan de Isapre?

¿Desde cuándo?

¿En qué porcentaje?

¿Qué planes no subirán?

¿Cómo y cuándo avisarán?

Este aumento será efectivo desde junio 2023.

A partir del 9 de marzo, las Isapres tienen 15 días corridos para informar si ajustarán o no sus planes, y en cuánto, para luego, la Superintendencia revisar y verificar que las variaciones porcentuales que anuncie cada Isapre se ajusten realmente al costo operacional promedio que tuvo cada aseguradora el año pasado.

Dicho proceso será comunicado durante el mes de marzo 2023, por medio de correo electrónico y carta certificada.

Esta variación no será aplicable a los planes recién contratados y/o menores a un año de vigencia.

Jorge Muñoz de www.asesoriaglobal.cl nos recomienda:

· Actualizar registrar y/o actualizar datos personales.

· Estar atentos al comunicado.

· Considerar opciones ofrecidas.

· Plazo para pronunciarse (acepta o rechaza aumento) mayo 2023.

Saludos fraternales.
Directiva Sindicato SINTRAI

EN LA FOTO

Encuentro de convivencia de ex trabajadores de Cade Idepe en la comuna de Ñuñoa el pasado viernes 10 de marzo de 2023.

ADEMÁS...

BONO DE ESCOLARIDAD

Los socios y socias pueden hacer llegar el certificado de estudios de sus hijos correspondiente a enseñanza pre-básica, enseñanza básica, media y superior para el pago de un Bono de 1UF por hijo o hija estudiando. Favor hacer llegar los certificados en formato electrónico a Ximena.Meza@woodplc.com Plazo hasta el 15 de abril de 2023.

PREMIO ESCOLAR

También los socios y socias pueden postular a sus hijos o hijas que cursaron enseñanza básica y media durante el 2022, y que obtuvieron nota igual o superior a 6, exhibiendo el certificado de notas para un incentivo en dinero que será entregado en una ceremonia. Favor hacer llegar certificado de notas a Berta.Escobar@woodplc.com Plazo hasta el 15 de abril de 2023.

BECA DE ESTUDIOS SUPERIORES

Los socios y socias que están estudiando o que tienen hijos/as cursando carreras técnicas o universitarias pueden postular a la Beca de Estudios Superiores, BESUP. Para lo cual deben llenar el formulario y adjuntar la documentación requerida en dicho formulario. Favor hacer llegar los antecedentes a Horacio.Diaz@woodplc.com Plazo hasta el 15 de abril de 2023.