martes, 16 de abril de 2019

SINDICATO PRESENTE EN AIL (Informe 370)


SINDICATO PRESENTE EN AIL.


Desde la llegada de la multinacional en el 2008, ellos buscaron impedir que los trabajadores y trabajadoras que laboraban en Apoquindo 3846 se sindicalizaran, para esto mantuvieron la razón social Amec International Ingeniería y Construcción Ltda., conocida como AIL, separada de la razón social Amec Cade Ingeniería y Desarrollo de Proyectos Ltda., conocida como AMCA. Supuestamente AIL se dedicaría a la Minería y Metales y AMCA a la Energía y Procesos.


Crearon adicionalmente, o mejor dicho renombraron una razón social existente como Amec Chile Ingeniería y Construcción Ltda., conocida como AMCHI, para los “servicios compartidos” donde segregaron al personal administrativo que labora en finanzas y recursos humanos.

Con esta figura de multirut, y aprovechando la legislación laboral chilena anti trabajador, se buscaba ahogar a los sindicatos, ya que ambas organizaciones sindicales estaban presentes en AMCA, por lo cual impidieron por muchos años que esta razón social contratara ingenieros y proyectistas, e inventaron que la razón social AIL suministraría personal como “empresa subcontratista”.

De esta forma, cuando AMCA debió desarrollar el proyecto de Ampliación de la Planta Santa Fe de CMPC en el año 2011, debió solicitar a AIL que le proveyera de ingenieros y proyectistas, así fue que los primeros socios y socias del Sindicato fueron aquellos trabajadores de AIL que concurrieron a este proyecto, cuyas oficinas se encontraban en la calle Bandera en el centro de Santiago.

Producto de la perseverancia del SINTRAI, desde el 2012 a la fecha más de 100 trabajadores de AIL se han incorporado al Sindicato, pese a que la Empresa se ha negado a entregar beneficios, es decir, mirado desde el contrato colectivo del SINTRAI los socios y socias de AIL tienen cero beneficios. Por esta razón, el Sindicato invirtió una fuerte suma de dinero durante 6 años para entregar beneficios con recursos propios como becas de estudios, bonos de escolaridad, premios escolares, regalos de navidad, bonos de nacimiento y cuota mortuoria.

La presencia del Sindicato en AIL ha tenido también un alto nivel de conflictividad que ha implicado varias denuncias y juicios laborales como la demanda por multirut, pago de sala cuna, extensión de beneficios, vulneración de derechos fundamentales, condiciones de higiene y seguridad y prácticas antisindicales. De esta forma hemos logrado que la Empresa respete la exigua legalidad laboral chilena.

Todos estos años de conflictividad y heroica resistencia de los trabajadores de AIL ha tenido sus frutos porque hoy la presencia del Sindicato está normalizada y se ha logrado vencer el miedo para avanzar hacia una nueva etapa. En los distintos pisos del edificio de Apoquindo 3846 se habla del Sindicato con relativa normalidad, pese a que aún persisten personajes que en forma soterrada intentan infundir miedo.

DERECHOS DE LOS SOCIOS/AS DEL SINDICATO

1.- BONO DE ESCOLARIDAD, PREMIO ESCOLAR Y BECA DE ESTUDIOS

BONO DE ESCOLARIDAD: Se ha entregado a la Empresa el listado de socios y socias que enviaron los certificados de estudios para el pago de 1UF por hijo/a estudiando. esperamos realizar los pagos durante este mes de abril.

PREMIO ESCOLAR Y BECA DE ESTUDIOS SUPERIORES: Próxima semana se publicarán los resultados de los jóvenes y trabajadores que serán beneficiados con este Premio y Beca.

2.- RECURSO DE PROTECCION CONTRA EL ALZA ILEGAL DE LAS ISAPRES

Los Trabajadores que estamos afiliados a una Isapre, sabemos que una vez al año, estas entidades realizan un ajuste en el precio base del plan de salud, enviando una "carta de adecuación" al domicilio que el Trabajador ha declarado en la Isapre. Tenemos derecho a interponer un recurso de protección cuando dicha alza es arbitraria.

Ver procedimiento.

3.- ¿TE HICISTE EXÁMEN GINECOLÓGICO O EXÁMEN DE UROLOGÍA?

Las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad y los trabajadores mayores de cincuenta, cuyos contratos de trabajo sean por un plazo superior a treinta días, tendrán derecho a medio día de permiso, una vez al año durante la vigencia de la relación laboral, para someterse a los exámenes de mamografía y próstata, respectivamente, pudiendo incluir otras prestaciones de medicina preventiva, tales como el examen de papanicolau, en las instituciones de salud públicas o privadas que corresponda.

El artículo 66 bis del Código del Trabajo, incorporado por la Ley Nº 20.769, dispone de esta norma que incluye el tiempo para realizar estos exámenes, será complementado, en su caso, con el tiempo suficiente para los traslados hacia y desde la institución médica, considerando las condiciones geográficas, de transporte y la disponibilidad de equipamiento médico necesario.

Para hacer uso de este derecho, los trabajadores y trabajadoras deberán dar aviso al empleador con una semana de anticipación a la realización de los exámenes; asimismo, deberán presentar con posterioridad a éstos, los comprobantes suficientes que acrediten que se los realizaron en la fecha estipulada. El tiempo en el que los trabajadores se realicen los exámenes, será considerado como trabajado para todos los efectos legales.

EN LA FOTO

Socios y socias del Sindicato celebrando con recursos propios la Fiesta de Navidad ante la negativa de la Empresa de entregar ese beneficio a los trabajadores de AIL.

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