jueves, 31 de mayo de 2018

NUESTRO PROYECTO INSOLENTE SE POSTERGA POR 18 MESES (informe 364)


NUESTRO PROYECTO INSOLENTE SE POSTERGA POR 18 MESES

Nuestra propuesta ha sido mejorar los beneficios para todos/as los/as trabajadores/as de Amec (Wood), pero la Empresa no solo ha rechazado esta propuesta, sino que ha anunciado nuevos despojos.

El Sindicato quiere mejorar los beneficios para los trabajadores y trabajadoras, y la Empresa quiere aumentar las utilidades para los dueños. Lamentamos que la Empresa se mantenga en una posición intransigente y no tenga la voluntad de construir un acuerdo que beneficie a ambas partes.

Nuestra respuesta final se vio expresada en la votación efectuada los días 28, 29, y 30 de mayo:


CONCEPCIÓN
LA REINA
STGO CENTRO
LAS CONDES
TOTAL
HACER EFECTIVA LA HUELGA
15
0
1
0
16
INVOCAR ART. 342 (PISO)
0
41
8
31
80
PROPUESTA DE LA EMPRESA
0
0
0
2
2
ABSTENCIÓN
0
1
0
0
1
INASISTENCIA A LA ASAMBLEA
2
8
24
18
52
TOTAL
17
50
33
51
151

I. ¿Por qué se tomó esta decisión?

1. Porque nuestro proyecto estratégico sigue siendo la unidad de los trabajadores de Wood, y un único contrato colectivo sin discriminación de ningún tipo.

2. Porque la empresa busca la destrucción de los sindicatos al proponer que renunciemos a la titularidad de los beneficios, discriminando a los trabajadores de Minería y Metales (AIL), a quienes les niega toda posibilidad de acceder a beneficios garantizados por el contrato colectivo, y a los trabajadores de Amec Cade que han ingresado al Sindicato en el último tiempo propone que esperen más de 4 años para acceder a los beneficios.

II. ¿Qué consecuencias implica esta decisión?

1. Trabajadores/as sindicalizados/as no tendremos reajuste por IPC durante 18 meses, pero la Empresa tampoco debe reajustar por IPC los sueldos de los no sindicalizados, ya que no ofreció el reajuste en su respuesta al Sindicato (último inciso del artículo 322)

2.- Respecto de socias y socios que ingresaron al Sindicato entre abril 2016 y el 28 de marzo de 2018, debe aclararse en que listado de beneficio quedan, cuestión que no fue resuelta por la inspección del trabajo en las impugnaciones de legalidad.

Según el Sindicato se incorporan a la lista I, según la Empresa se incorporan a las listas II, III y IV.

3. La Empresa no podrá extender los beneficios a los no sindicalizados porque no hubo acuerdo al respecto.

4. El contrato colectivo del SINTRAI se extinguirá en noviembre de 2019, fecha en la cual nos podremos incorporar a l negociación colectiva del SDP cuyo contrato colectivo mantiene gran parte de los beneficios históricos en una sola lista. Los beneficios no contemplados en el contrato colectivo del SDP como “las tres horas de libre disponibilidad” y la “ropa de trabajo” pasará a los contratos individuales por imperio del artículo 325 (ultraactividad del instrumento colectivo).

III. Debe terminar la división.

Cada grupo al interior del Sindicato tuvo distintas apreciaciones:

1.- Trabajadores de La Reina (mayoritariamente Listado I), sintieron que debían apoyar a los trabajadores de Las Condes (mayoritariamente Listado IV), porque la Empresa les niega los beneficios a estos últimos. Por esa razón, apoyaron la aplicación del artículo 342.

2.- Trabajadores de Las Condes (mayoritariamente Listado IV), sintieron que debía apoyar a los trabajadores de La Reina (mayoritariamente Listado I), para que no perdieran sus beneficios. Por esa razón, votaron por la oferta de la Empresa, aunque posteriormente modificaron su voto por artículo 342.

3.- Trabajadores de la Inspección Técnica del Metro (Listado II) sintieron que la Empresa fue mezquina con ellos lo cual produjo mucho malestar.

4.-Trabajadores de Concepción (mayoritariamente Listado II) sintieron frustración porque sintieron que este era el momento de hacer efectiva la huelga para presionar a la Empresa.

La Empresa ha logrado el objetivo de dividirnos, lo cual debe ser revertido en los próximos meses con una política de unifique a todos los trabajadores de Wood.

IV. No aceptaremos represalias.

Terminado el fuero de la negociación el próximo 28 de junio, los despidos deberán estar justificados dentro de las causas legales, pero si los despidos de los sindicalizados superan el 15% de los despidos por necesidades de la Empresa, supondremos que se está ejerciendo represalia por la negociación colectiva y deberemos activar los procedimientos de indemnidad.

Pondremos atención en la asignación de proyectos de nuestros socios y socias y no aceptaremos represalias de ningún tipo.


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