martes, 23 de mayo de 2023

LA TITULARIDAD SINDICAL (Informe 436)


La titularidad sindical.

Desde el año 2017 la empresa Wood plc dejó de contratar trabajadores con los beneficios históricos que anteriormente tenía la empresa Cade Idepe. ¿La razón? La entrada en vigencia de la ley 20.940 que fortaleció un concepto universal: La titularidad sindical.

De acuerdo a la OIT (Organización Internacional del Trabajo), la titularidad sindical establece que el sindicato será el sujeto principal encargado de llevar adelante el proceso de negociación colectiva por parte de los trabajadores. De hecho, será el único que podrá negociar mejores condiciones a nivel colectivo en empresas en que existan sindicatos.

Es decir, los beneficios existen porque están pactados con el Sindicato, por lo tanto, se requiere un acuerdo entre la empresa y la organización sindical para que estos beneficios sean entregados a trabajadores que no están sindicalizados.

En un principio no existió acuerdo entre el Sindicato y la Empresa para extender beneficios, pero desde el año 2021 se ha pactado un acuerdo parcial con la empresa Wood plc, que solo abarca algunos beneficios y se aplica en solo una razón social de las varias que Wood plc está trabajando en Chile.

En síntesis, solo es posible que un trabajador de Wood plc tenga la totalidad de los beneficios históricos, siempre y cuando participe de un proceso de negociación colectiva. De esta forma podrá acceder al piso de la negociación y al conjunto de los beneficios contemplados en el contrato colectivo.

EN LA FOTO

Encuentro de convivencia de ex trabajadores de Cade Idepe en la comuna de Ñuñoa el pasado viernes 10 de marzo de 2023.

ADEMÁS...

PERMISO ANUAL REMUNERADO PARA EXÁMENES MÉDICOS

El artículo 66 BIS del Código del Trabajo indica que las trabajadoras y los trabajadores tendrán derecho a medio día de permiso, una vez al año, para someterse a los exámenes de mamografía y próstata, respectivamente, pudiendo incluir otras prestaciones de medicina preventiva, tales como el examen de papanicolau, en las instituciones de salud públicas o privadas que corresponda. Para el ejercicio de este derecho, los trabajadores deberán dar aviso al empleador con una semana de anticipación a la realización de los exámenes; asimismo, deberán presentar con posterioridad a éstos, los comprobantes suficientes que acrediten que se los realizaron en la fecha estipulada.

El tiempo en el que los trabajadores se realicen los exámenes, será considerado como trabajado para todos los efectos legales.

CONVENIO DE GAS LICUADO

El Sindicato mantiene un convenio con la empresa Abastible para la rebaja del valor de los cilindros de gas licuado.

Para acceder a este beneficio puedes contactarte con carolina.mora@woodplc.com o llamando al fono +569 9133 9429.

Pagando el valor rebajado podrás acceder un vale electrónico que concretará la rebaja al momento de comprar el cilindro de gas al distribuidor más cercano a tu domicilio.