miércoles, 26 de agosto de 2020

PREMIO ESCOLAR 2020 (Informe 398)

PREMIO ESCOLAR 2020

Otro beneficio que el Sindicato ha mantenido en el tiempo es el Premio Escolar.

Desde 1997 el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Amec Ingeniería, SINTRAI, premia a los hijos e hijas de nuestros socios y socias que obtengan buenas calificaciones en sus estudios de enseñanza básica y media.

Durante estos años, casi 500 premios escolares han sido entregados a igual cantidad de jóvenes en ceremonias anuales, donde los padres realizan un homenaje a sus hijos e hijas.

Este año los y las jóvenes que reciben el Premio Escolar 2020 son los siguientes:

CATALINA CAYUQUEO MUÑOZ, hija de Claudia Muñoz, quien obtuvo nota 6,6 en segundo básico durante el 2019 en el Colegio Poeta Rubén Darío.

PABLO BASTIDAS SEGURA, hijo de Pablo Bastidas, quien obtuvo nota 6,7 en tercero básico durante el 2019 en el Colegio Concepción.
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FRANCISCA QUINTANA MILLAO, hija de Silvia Millao, quien obtuvo nota 6,6 en tercero básico durante el 2019 en el Colegio Almondale Lomas.

NICANOR ORREGO MIRANDA, hijo de Cristian Orrego, quien obtuvo nota 6,0 en tercero básico durante el 2019 en el Colegio Claudio Arrau.

VALENTINA DÍAZ FARIAS, hija de Víctor Díaz, quien obtuvo nota 6,7 en segundo básico durante el 2019 en el Colegio Concepción Chiguayante.

VALENTINA SAAVEDRA ELGUETA, hija de Marcelo Saavedra, quien obtuvo nota 6,4 en primero medio durante el 2019 en el Colegio Extremadura de Puente Alto.

LUIS MORALES SARAVIA, hijo de Luis Felipe Morales, quien obtuvo nota 6,1 en segundo medio durante el 2019 en el Colegio Manquecura de Ñuñoa.
¡¡Felicitaciones a todos y todas, a seguir estudiando por un futuro mejor!!

Puedes ver las fotos de la premiación del año anterior.

ADEMÁS...

SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD EN AMEC CADE

A partir del 1° de febrero de 2020 comenzará a regir el nuevo seguro complementario de salud con la compañía CONSORCIO, la cual ha mejorado la parrilla de beneficios. En el link de más abajo podrás conocer la nueva parrilla de beneficios y descargas los formularios de reembolso médico y dental. También podrás descargar el formulario de modificación de cargas para el seguro de salud.
Seguro Complementario de Salud.

SEGURO DE VIDA

Producto de la negociación del Seguro Complementario de Salud la compañía CONSORCIO cubrirá el Seguro de Vida a partir de febrero 2020. Es imperioso que todos y todas actualicemos el o los beneficiarios de este Seguro, aunque se mantengan los mismos beneficiarios(as) del año anterior. Compañeros y compañeras, nadie esta libre de un desgracia y no dejemos desprotegidos a nuestros seres queridos. Imprime, llena, firma y entrega con acuso de recibo el FORMULARIO DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS. Y entrega la copia firmada por la Empresa al beneficiario designado por ti.
Seguro de Vida.

CONVENIO JURÍDICO CON LA DEFENSORÍA POPULAR DE LOS Y LAS TRABAJADORES.

El Sindicato mantiene un convenio de atención de consultas jurídicas con la Defensoría Popular de los y las Trabajadores.
Las consultas jurídicas, tanto laborales, como civiles, penales, familia, tránsito, etc. se pueden formular al correo sindicato.sintrai@gmail.com, y el compromiso de respuesta es de 48 horas. Dependiendo de la complejidad podrá haber una cita presencial con un abogado o abogada en su oficina.

NO + ALZA DE ISAPRES.
Los Trabajadores que estamos afiliados a una Isapre, sabemos que una vez al año, estas entidades realizan un ajuste en el precio base del plan de salud, enviando una "carta de adecuación" al domicilio que el Trabajador ha declarado en la Isapre. Tenemos derecho a interponer un recurso de protección cuando dicha alza es arbitraria.
Procedimiento para interponer recurso de amparo contra la Isapre.



lunes, 17 de agosto de 2020

BONO ESCOLARIDAD 2020 (Informe 397)


¿Cuándo se paga?

En esta segunda quincena de agosto la Directiva del Sindicato distribuirá el Bono de Escolaridad correspondiente a 1 UF por hijo estudiando, ya sea en educación pre-básica, básica, media y superior.

¿A quiénes se paga?

Este pago se hará de acuerdo a los socios y socias que estaban en el Sindicato en marzo de este año, correspondiente a quienes entregaron los respectivos certificados de estudios en esa oportunidad.

¿Por qué estamos entregando este beneficio en agosto?

Normalmente este beneficio se entrega en abril, pero la situación de pandemia, teletrabajo y otras prioridades que definió la Asamblea, retrasaron esta entrega.

¿Desde cuándo existe este beneficio?

En la cláusula N°10 del Convenio Colectivo de 1971 entre el Sindicato y la Empresa dice: “Bonificación escolar de 180 escudos al año por cada hijo que se encuentre estudiando, para lo cual el empleado deberé presentar los documentos que acrediten dicha escolaridad”.

¡Vamos a cumplir 50 años con este beneficio y seguiremos adelante!

lunes, 10 de agosto de 2020

ROPA DE TRABAJO PARA PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA EMPRESA (Informe 396)


ROPA DE TRABAJO PARA PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA EMPRESA

En estos primeros días de agosto de 2020, el Sindicato entregará a sus socios y socias que cumplen labores administrativas en la empresa, una cantidad de dinero en una gift card para la compra de ropa de trabajo según lo estipula el contrato colectivo vigente.

Desde el primer convenio colectivo del año 1971 se considera el aporte de la empresa para ropa de trabajo, beneficio que ha ido evolucionando en el tiempo. Primero fue una cotona blanca, luego un terno, camisa, abrigo y zapatos para mensajeros y personal de recepción, también ropa de mezclilla para personal de mantención, y luego blazer, blusas, pantalón y faldas para secretarias y administrativas.

Producto de las dificultades para comprar la ropa de acuerdo a las tallas, calidad y cantidad de personas, se optó por la entrega de una tarjeta de compra (giftcard) de una casa comercial dedicada a vestuario, actualmente con Ripley.

En dos temporadas al año se hace entrega de este beneficio correspondiente al Art. 13 del contrato colectivo vigente.

En esta oportunidad ha sido más complicado producto de la pandemia, ya que las gestiones necesarias para tomar contacto con proveedores, evaluar las cotizaciones, pago y recepción de las tarjetas requiere de llamados telefónicos, correos electrónicos, verificación de datos, lo cual se resume en tiempo y calidad de trabajo que no siempre es conocido ni evaluado por el resto de los y las trabajadores.

La Directiva Sindical comenzó solicitando la cotización a los proveedores a mediados de mayo, cuyo resultado a mediados de junio optó por Ripley, se le solicita a la empresa depositar el monto en la cuenta del proveedor cuestión que se materializa el 2 de julio 2020. Una vez que la empresa nos entrega el comprobante de depósito este se envía a Ripley, encontrándonos con el hecho de que la ejecutiva con quién iniciamos las conversaciones había sido despedida, lo cual nos hace retroceder al punto de partida porque debemos explicar a otra ejecutiva de Ripley todo el proceso desde un inicio.

Ripley nos indicó que la única forma de utilizar las tarjetas era en forma presencial un vez que abrieran las tiendas, de lo contrario se nos entregaría una nota de venta para la compra en forma digital, cuya modalidad no es factible contablemente para Wood, porque si bien la compra la realiza el Sindicato el comprobante de pago deber ir a nombre de la Empresa. Luego de un intercambio de consultas y autorizaciones fue permitido que las tarjetas se utilizaran digitalmente y Ripley envió factura a nombre de AmecCade. Recién a fines de julio nos envían las tarjetas digitales y luego de eso trabajamos un instructivo, lo más claro posible, para realizar las compras de la ropa de trabajo por parte de nuestros socios y socias beneficiadas.

Un proceso engorroso, que logramos sacarlo adelante, para mantener este beneficio histórico de nuestro contrato colectivo.

DATOS IMPORTANTES...

SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD EN AMEC CADE

A partir del 1° de febrero de 2020 comenzará a regir el nuevo seguro complementario de salud con la compañía CONSORCIO, la cual ha mejorado la parrilla de beneficios. En el link de más abajo podrás conocer la nueva parrilla de beneficios y descargas los formularios de reembolso médico y dental. También podrás descargar el formulario de modificación de cargas para el seguro de salud.
Seguro Complementario de Salud.

SEGURO DE VIDA

Producto de la negociación del Seguro Complementario de Salud la compañía CONSORCIO cubrirá el Seguro de Vida a partir de febrero 2020. Es imperioso que todos y todas actualicemos el o los beneficiarios de este Seguro, aunque se mantengan los mismos beneficiarios(as) del año anterior. Compañeros y compañeras, nadie esta libre de un desgracia y no dejemos desprotegidos a nuestros seres queridos. Imprime, llena, firma y entrega con acuso de recibo el FORMULARIO DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS. Y entrega la copia firmada por la Empresa al beneficiario designado por ti.
Seguro de Vida.

CONVENIO JURÍDICO CON LA DEFENSORÍA POPULAR DE LOS Y LAS TRABAJADORES.

El Sindicato mantiene un convenio de atención de consultas jurídicas con la Defensoría Popular de los y las Trabajadores.
Las consultas jurídicas, tanto laborales, como civiles, penales, familia, tránsito, etc. se pueden formular al correo sindicato.sintrai@gmail.com, y el compromiso de respuesta es de 48 horas. Dependiendo de la complejidad podrá haber una cita presencial con un abogado o abogada en su oficina.

NO + ALZA DE ISAPRES.

Los Trabajadores que estamos afiliados a una Isapre, sabemos que una vez al año, estas entidades realizan un ajuste en el precio base del plan de salud, enviando una "carta de adecuación" al domicilio que el Trabajador ha declarado en la Isapre. Tenemos derecho a interponer un recurso de protección cuando dicha alza es arbitraria.
Procedimiento para interponer recurso de amparo contra la Isapre.


lunes, 3 de agosto de 2020

RESPUESTA A LAS EMPRESAS WOOD (Informe 395)


Santiago 03 de agosto de 2020

Señor
Felipe Fernández B.
Director Procesos y Energía
Wood plc
PRESENTE

Señora
Haydee Domenech C.
Directora Personas y Organización
Wood plc
PRESENTE

Ref.: Diálogo Empresas – Sindicatos

De nuestra consideración,

Junto con saludar, las directivas del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Amec Ingeniería - SINTRAI- y Sindicato de Profesionales de la Empresa Wood Chile -SDP-, respondemos a carta enviada el día 30 de julio de 2020.

1. Respecto de la exclusión de limitación de jornada, que no es parte de la respuesta enviada por las empresas, pero que si fue parte de la conversación del viernes 17 de julio, manifestamos nuestra voluntad de mantener nuestros horarios de trabajo según contrato individual y/o colectivo.

2. Respecto de la cláusula de exclusividad agradecemos la voluntad de las empresas de sacarla de los anexos de contratos por teletrabajo, aunque insistimos en que tal como estaba redactada tiene carácter inconstitucional.

3. Respecto de las condiciones de higiene y seguridad estamos de acuerdo en que la empresa realice una encuesta sobre las condiciones de trabajo en domicilio, insistiendo en que la responsabilidad no es del empleado, sino de la empresa, así como también una capacitación.

4. Respecto de reducir el pago de colación y movilización para agregar el pago de $35.000 mensuales por concepto de costos operacionales del teletrabajo no estamos de acuerdo porque esto vulnera dos principios de esta modalidad de trabajo: a) No debe producir menoscabo a los derechos de los trabajadores, b) los costos operacionales deben ser pagados por el empleador. Por lo anterior, insistimos que el pago mensual por concepto de costos operacionales debe ser de $38.000 mensuales, sin que esto implique disminución de las remuneraciones y beneficios de los trabajadores.

Respecto de la temporalidad de la forma de teletrabajo es relevante indicar que la propia norma legal indica el procedimiento para volver a la modalidad de trabajo presencial, en la medida que las condiciones sanitarias lo permitan.

Finalmente, respecto de las condiciones de competitividad del mercado de la ingeniería debemos indicar dos cosas:

a) Desde que la multinacional ha tomado propiedad de las empresas el discurso sobre la necesidad de aumentar las utilidades de los dueños en desmedro de los beneficios de los trabajadores no ha tenido diferencia entre diversas situaciones económicas,

b) Los trabajadores hemos pagado altos costos producto de alta situación con reducciones de sueldos y jornadas de trabajo, tensión por las condiciones de trabajo en el hogar, y los despidos que han condenado a la cesantía a decenas de ex trabajadores de estas empresas.

Debemos mencionar que la empresa no ha tenido costos de impresiones ni ploteos, gastos de insumos, gastos asociados a servicios básicos (agua, luz, calefacción), costos de aseo y mantención, sin considerar la posibilidad cierta que haya una rebaja de arriendo de los inmuebles.

La falta de voluntad de las empresas para un acuerdo en las condiciones de teletrabajo y nuestra convicción de que las empresas están vulnerando las normas sobre jornada de trabajo, higiene y seguridad y pago de los gastos operacionales, nos obliga a poner en conocimiento de la autoridad esta situación.

Atte.,
Directiva SINTRAI -  Directiva SDP