lunes, 10 de agosto de 2020

ROPA DE TRABAJO PARA PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA EMPRESA (Informe 396)


ROPA DE TRABAJO PARA PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA EMPRESA

En estos primeros días de agosto de 2020, el Sindicato entregará a sus socios y socias que cumplen labores administrativas en la empresa, una cantidad de dinero en una gift card para la compra de ropa de trabajo según lo estipula el contrato colectivo vigente.

Desde el primer convenio colectivo del año 1971 se considera el aporte de la empresa para ropa de trabajo, beneficio que ha ido evolucionando en el tiempo. Primero fue una cotona blanca, luego un terno, camisa, abrigo y zapatos para mensajeros y personal de recepción, también ropa de mezclilla para personal de mantención, y luego blazer, blusas, pantalón y faldas para secretarias y administrativas.

Producto de las dificultades para comprar la ropa de acuerdo a las tallas, calidad y cantidad de personas, se optó por la entrega de una tarjeta de compra (giftcard) de una casa comercial dedicada a vestuario, actualmente con Ripley.

En dos temporadas al año se hace entrega de este beneficio correspondiente al Art. 13 del contrato colectivo vigente.

En esta oportunidad ha sido más complicado producto de la pandemia, ya que las gestiones necesarias para tomar contacto con proveedores, evaluar las cotizaciones, pago y recepción de las tarjetas requiere de llamados telefónicos, correos electrónicos, verificación de datos, lo cual se resume en tiempo y calidad de trabajo que no siempre es conocido ni evaluado por el resto de los y las trabajadores.

La Directiva Sindical comenzó solicitando la cotización a los proveedores a mediados de mayo, cuyo resultado a mediados de junio optó por Ripley, se le solicita a la empresa depositar el monto en la cuenta del proveedor cuestión que se materializa el 2 de julio 2020. Una vez que la empresa nos entrega el comprobante de depósito este se envía a Ripley, encontrándonos con el hecho de que la ejecutiva con quién iniciamos las conversaciones había sido despedida, lo cual nos hace retroceder al punto de partida porque debemos explicar a otra ejecutiva de Ripley todo el proceso desde un inicio.

Ripley nos indicó que la única forma de utilizar las tarjetas era en forma presencial un vez que abrieran las tiendas, de lo contrario se nos entregaría una nota de venta para la compra en forma digital, cuya modalidad no es factible contablemente para Wood, porque si bien la compra la realiza el Sindicato el comprobante de pago deber ir a nombre de la Empresa. Luego de un intercambio de consultas y autorizaciones fue permitido que las tarjetas se utilizaran digitalmente y Ripley envió factura a nombre de AmecCade. Recién a fines de julio nos envían las tarjetas digitales y luego de eso trabajamos un instructivo, lo más claro posible, para realizar las compras de la ropa de trabajo por parte de nuestros socios y socias beneficiadas.

Un proceso engorroso, que logramos sacarlo adelante, para mantener este beneficio histórico de nuestro contrato colectivo.

DATOS IMPORTANTES...

SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD EN AMEC CADE

A partir del 1° de febrero de 2020 comenzará a regir el nuevo seguro complementario de salud con la compañía CONSORCIO, la cual ha mejorado la parrilla de beneficios. En el link de más abajo podrás conocer la nueva parrilla de beneficios y descargas los formularios de reembolso médico y dental. También podrás descargar el formulario de modificación de cargas para el seguro de salud.
Seguro Complementario de Salud.

SEGURO DE VIDA

Producto de la negociación del Seguro Complementario de Salud la compañía CONSORCIO cubrirá el Seguro de Vida a partir de febrero 2020. Es imperioso que todos y todas actualicemos el o los beneficiarios de este Seguro, aunque se mantengan los mismos beneficiarios(as) del año anterior. Compañeros y compañeras, nadie esta libre de un desgracia y no dejemos desprotegidos a nuestros seres queridos. Imprime, llena, firma y entrega con acuso de recibo el FORMULARIO DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS. Y entrega la copia firmada por la Empresa al beneficiario designado por ti.
Seguro de Vida.

CONVENIO JURÍDICO CON LA DEFENSORÍA POPULAR DE LOS Y LAS TRABAJADORES.

El Sindicato mantiene un convenio de atención de consultas jurídicas con la Defensoría Popular de los y las Trabajadores.
Las consultas jurídicas, tanto laborales, como civiles, penales, familia, tránsito, etc. se pueden formular al correo sindicato.sintrai@gmail.com, y el compromiso de respuesta es de 48 horas. Dependiendo de la complejidad podrá haber una cita presencial con un abogado o abogada en su oficina.

NO + ALZA DE ISAPRES.

Los Trabajadores que estamos afiliados a una Isapre, sabemos que una vez al año, estas entidades realizan un ajuste en el precio base del plan de salud, enviando una "carta de adecuación" al domicilio que el Trabajador ha declarado en la Isapre. Tenemos derecho a interponer un recurso de protección cuando dicha alza es arbitraria.
Procedimiento para interponer recurso de amparo contra la Isapre.


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